CONTABILIZACIÓN DE
 PRESTAMOS A INTERÉS CERO  O  INTERÉS SUBVENCIONADO 
Los préstamos a interés cero o a interés inferior al legal son
generalmente concedidos a las empresas por las administraciones públicas  y llevan implícito una subvención de intereses.
Para contabilizar los mismos debemos recordar que la norma de
valoración nº9  establece que las deudas
se valoran por el valor actualizado de la contraprestación, que es (en la
mayoría de los casos), el importe recibido. 
Si, por ejemplo, el 1 de enero recibimos un préstamo de 1.000 €, y
devolvemos 1.000 € dentro de tres años y unos intereses anuales del 10 %, el
esquema del préstamo sería el siguiente
El asiento que realizamos es:
 
  
Código 
 | 
  
Cuenta 
 | 
  
Debe 
 | 
  
Haber 
 | 
 
  
572 
 | 
  
Bancos, c/c (572) 
 | 
  
1.000 
 | 
  
  
 | 
 
  
170 
 | 
  
Deudas a largo plazo (171) 
 | 
  
  
 | 
  
1.000 
 | 
 
 
El importe recibido es la cantidad que ponemos en el banco,
1.000 €,  y la deuda la contabilizamos
por el valor actualizado (al tipo de interés de la operación, el 10%)  de todos los pagos a los que nos hemos comprometidos,
que coincide con el importe recibido.
 
Si esta financiación la recibiésemos a un tipo de interés
del 0%,  la estructura de los cobros y
pagos es la siguiente.
En este caso, la empresa tiene la obligación de devolver 1.000 € dentro
de tres años (no hay intereses). Suponiendo que el tipo de interés de mercado sigue
siendo  del 10%, la valoración de la
deuda en el día de hoy no es de 1.000, sino inferior, porque deberíamos
actualizar los pagos que tenemos que realizar
 
Esta operación se puede hacer, lógicamente, en EXCEL, usando la función
VA
La diferencia entre el importe recibido y el valor actualizado de la
deuda son los intereses “que nos han regalado”, los intereses subvencionados,
es decir, 1.000- 751,31 = 248,69
Esta cantidad también se puede obtener actualizando los intereses que “nos
han regalado”
En el momento de la concesión el asiento realizado será
 
  
  
 | 
  
Cuenta 
 | 
  
Debe 
 | 
  
Haber 
 | 
 
  
572 
 | 
  
Bancos c/c  (572) 
 | 
  
1.000 
 | 
  
  
 | 
 
  
171 
 | 
  
Deudas a
  largo plazo (171) 
 | 
  
  
 | 
  
751,31 
 | 
 
  
130 
 | 
  
Subvenciones
  oficiales de capital (130)* 
 | 
  
  
 | 
  
248,69 
 | 
 
* Si no fuese aplicable el plan de PYMES sino el normal, en vez de la cuenta 130 Subvenciones oficiales de capital, se usaría la cuenta 940 Ingresos de subvenciones oficiales de capital.
A partir de este momento, al final de cada año debemos imputar los
intereses, incrementando la deuda e imputar la subvención al resultado del
ejercicio. 
Para la imputación de la subvención al resultado, hay que leerse las
condiciones de la subvención, y ver que nos están subvencionando, si los
intereses del préstamo u otra cosa. Esto sólo afectará al ritmo al que
imputamos la subvención al resultado.
 
  
EJEMPLO. 
 
Una pequeña empresa recibe, el 1 de enero del año 1, un préstamo de
  un organismo público por importe de 1.000 € a un tipo de interés del 0%, a
  devolver en un solo pago dentro de tres años.  
El tipo de interés al que la empresa conseguiría un préstamo de
  similares características es del 10%  
Consideramos que  
El gasto subvencionado son los intereses del préstamo. 
El préstamo nos lo han concedido con estas características porque
  hemos comprado una máquina de 1.000 € que tiene una vida útil de 5 años y
  amortización lineal 
 | 
 
  
  
Por la concesión del préstamo, según los cálculos realizados
  anteriormente 
  
   
    
Cuenta 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Bancos c/c 
    (572) 
 | 
    
1.000 
 | 
    
  
 | 
    
    
Deudas a largo plazo (171) 
 | 
    
  
 | 
    
751,31 
 | 
    
    
Subvenciones oficiales de capital (130) 
 | 
    
  
 | 
    
248,69 
 | 
    
 
  
  
 | 
 
  
Al cierre del año 1, por la imputación de los intereses realizaremos el siguiente asiento 
  
   
    
Cuenta 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Intereses de deudas (662) 
751,31 x 10% 
 | 
    
75,13 
 | 
    
  
 | 
    
    
Deudas a largo plazo (171) 
 | 
    
 | 
    
75,13 
 | 
    
 
  
  
 | 
 
  
a)  El gasto subvencionado son los intereses de
  la deuda 
 | 
  
b)
  El gasto subvencionado es una máquina de 1.000 
 | 
 
  
La imputación de la subvención al haremos al mismo
  ritmo que imputamos los intereses, y por el mismo importe 
  
   
    
31/12/ año 1 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
 | 
    
75,13 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
75,13 
 | 
    
 
  
  
 | 
  
La imputación de la subvención la realizaremos en
  función de la amortización de la máquina subvencionada, en cinco años de
  forma lineal 
  
   
    
31/12/ año 1 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
248,69 / 5 
 | 
    
49,74 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
49,74 
 | 
    
 
  
  
 | 
 
  
Durante el año 2, seguimos imputando los intereses y reclasificamos
  de largo plazo a corto plazo la deuda 
  
  
   
    
31/12/ año 2 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Intereses de deudas (662) 
(751,31+ 75,13) x 10% 
 | 
    
82,65 
 | 
    
  
 | 
    
    
Deudas a largo plazo (171) 
 | 
    
  
 | 
    
82,65 
 | 
    
 
  
Por la
  reclasificación de largo a corto de la deuda 
  
  
   
    
31/12/ año 2 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Deudas a largo plazo (171) 
751,31+75,13+82,65 
 | 
    
909,09 
 | 
    
  
 | 
    
    
Deudas a corto plazo (521) 
 | 
    
  
 | 
    
909,09 
 | 
    
 
. 
  
 | 
 
  
La imputación de la subvención se realiza por el
  mismo importe que hemos imputado de intereses 
  
   
    
31/12/ año 2 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
 | 
    
82,65 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
82,65 
 | 
    
 
  
  
  
 | 
  
Como la amortización de la máquina a la que va
  asociada la subvención se hace de forma lineal, seguimos imputando la misma
  cantidad de la subvención. 
  
   
    
31/12/ año 2 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
248,69 / 5 
 | 
    
49,74 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
49,74 
 | 
    
 
  
  
 | 
 
  
A 31 de diciembre del año 3 se produce la imputación de intereses de
  ese año y la devolución de la deuda 
  
   
    
31/12/ año 3 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Intereses de deudas (662) 
(751,31+ 75,13+82,65) x 10% 
 | 
    
90,91 
 | 
    
  
 | 
    
    
Deudas a corto plazo (521) 
 | 
    
  
 | 
    
90,91 
 | 
    
 
  
Por la
  reclasificación de largo a corto de la deuda 
  
   
    
31/12/ año 3 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Deudas a corto plazo (521) 
751,31+75,13+82,65+90,91 
 | 
    
1.000 
 | 
    
  
 | 
    
    
Bancos c/c 
    (572) 
 | 
    
  
 | 
    
1.000 
 | 
    
 
. 
La imputación de la subvención a resultados se hace siguiendo el
  mismo criterio que hasta ahora, diferenciando si el gasto subvencionado son
  los intereses o la amortización  
 | 
 
  
La imputación de la subvención se realiza por el
  mismo importe que hemos imputado de intereses 
  
   
    
31/12/ año 3 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
 | 
    
90,91 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
90,91 
 | 
    
 
  
En este momento, el importe de la cuenta Subvenciones
  oficiales de capital (130) es de cero  
 | 
  
La imputación de la subvención al resultado se sigue
  haciendo en proporción a la amortización de la máquina. 
  
   
    
31/12/ año 3 
 | 
    
Debe 
 | 
    
Haber 
 | 
    
    
Subvenciones
    oficiales de capital (130) 
248,69 / 5 
 | 
    
49,74 
 | 
    
  
 | 
    
    
Subvenciones
    de capital transferidos al resultado del ejercicio (746) 
 | 
    
  
 | 
    
49,74 
 | 
    
 
  
Al cierre del año 3, la subvención tiene en el
  balance un saldo de 99,48 (248,69-49.74-49.74-49,74) y se imputará a
  resultados al cierre del año 4 y año 5, como hasta ahora. 
 | 
 
   | 
   | 
   |