Contabilización de las subvenciones de formación de la fundación tripartita

Contabilización de las subvenciones de formación.

La formación subvencionada por la fundación tripartita o similar se basa en la subvención concedida por la citada fundación para la formación de los trabajadores. El esquema de funcionamiento es el siguiente:


  •        La empresa contrata y paga un programa formativo para sus trabajadores.
  •     Posteriormente descuenta del pago a la seguridad social el importe de la formación (en su totalidad o en parte, dependiendo del importe y del tamaño de la empresa).

La operación está regulada por la consulta nº 5 del BOICAC 94  http://www.icac.meh.es/Consultas/Boicac/ficha.aspx?hid=468  que establece dos formas de contabilización, una simplificada (para importes pequeños) y otra usando las cuentas de subvenciones previstas en el PGC.

Vamos a verlo a través de un ejemplo

La sociedad GUIJARRO  paga la formación de unos trabajadores de la empresa por importe de 1.000 €. Posteriormente, en la nómina, que tiene el siguiente detalle
-        Sueldo bruto:                                               25.000
-        Retención trabajador IRPF                          0
-        Retención S.S. trabajador                           -2.000
Sueldo Neto                                                23.000

La seguridad social a cargo de la empresa asciende a 6.000 €.

Por la nómina del mes tendría que pagar a la seguridad social 8.000 € (6.000 de la empresa y 2.000 de retención a los trabajadores), pero pagará únicamente 7.000, ya que descontará los 1.000 € de la formación. Las dos formas de contabilizar la operación según la citada consulta serán:

a)      De forma simplificada

Por el curso de formación
Debe
Haber
Otros gastos sociales (649)
1.000

Bancos c/c  (572)

1.000


Por la nómina
Debe
Haber
Sueldos y salarios (640)
25.000

Seguridad Social a cargo de la empresa (642)
(6.000 – 1.000 del importe del curso)
5.000

Organismos de la Seguridad Social, acreedores (476)

7.000
Bancos c/c  (572)

23.000

A la seguridad social sólo pagaremos la cantidad de 7.000 €, ya que hemos descontado directamente del coste de la seguridad social de la empresa el importe de la formación subvencionada.





b)      Usando las cuentas de subvenciones.

En este caso, los asientos serán los siguientes


Por el curso de formación
Debe
Haber
Otros gastos sociales (649)
1.000

Bancos c/c  (572)

1.000


Por la nómina
Debe
Haber
Sueldos y salarios (640)
25.000

Seguridad Social a cargo de la empresa (642)
6.000

Organismos de la Seguridad Social, acreedores (476)

7.000
Subvenciones, donaciones y legados a la explotación (740)

1.000
Bancos c/c  (572)

23.000


La diferencia principal entre las dos formas de contabilizar las operaciones radica en el importe del gasto de la seguridad social a cargo de la empresa y en el ingreso por la subvención. En ambos casos el importe del resultado que se desprende de la contabilidad es exactamente el mismo. 

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