La diferencia entre la 473 y la 4751. La contabilización de las retenciones
Las retenciones son cantidades,
parte del precio de una cosa, que el pagador está obligado a ingresar en
Hacienda. Si bien la más común es la retención sobre los sueldos , por la que
la empresa ingresa en Hacienda parte de la nómina del trabajador, que este después
se aplicará en la liquidación de IRPF, existen otras.( alquileres de locales de
negocio, profesionales, intereses,…)
En el plan General tenemos dos cuentas para contabilizar las retenciones, la cuenta Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473) y la cuenta Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas
(4751)
Las dos cuentas recogen el mismo hecho, pero desde distinto punto de vista. La cuenta Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas (4751) la emplea el pagador, el obligado a retener, y la cuenta Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473) la emplea el cobrador, el que sufre la retención.
Las dos cuentas recogen el mismo hecho, pero desde distinto punto de vista. La cuenta Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas (4751) la emplea el pagador, el obligado a retener, y la cuenta Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473) la emplea el cobrador, el que sufre la retención.
La cuenta Hacienda Pública, acreedora por
retenciones practicadas (4751) es una cuenta de pasivo, que generalmente va
a asociada a gastos. Nace por el haber cuando el pagador efectúa la retención,
y posteriormente, se ingresa en la Hacienda Pública.
La cuenta Hacienda Pública, retenciones y pagos
a cuenta (473) es una cuenta de activo, y generalmente, va asociada a
ingresos. Nace por el debe, y permanece en la contabilidad hasta la liquidación
definitiva de los impuestos.
Ejemplo 1. Contabilización de la retención de un
alquiler (Sin IVA).
Ejemplo 2. Contabilización de la retención en un
pago de intereses.
Ejemplo 3. Contabilización de la retención a un
profesional.
Ejemplo 1. Contabilidad de la
retención en un alquiler
En este primer ejemplo,
prescindimos del IVA.
La sociedad PROPIETAS, dueña de
un local, lo alquila a la sociedad INQUILINUS por importe de 1.000 € mensuales.
La retención es del 19%.
Sociedad INQUILINUS
( Arrendatario )
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Contabilidad
de PROPIETAS ( Arrendador )
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Por el
gasto del alquiler
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Por el
cobro del alquiler
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El inquilino del local ha pagado menos (el 19% menos) al propietario , que ha cobrado menos.
Esta
cantidad debe ser ingresada en la Hacienda Pública al final del trimestre. El
propietario minorará el impuesto que pagará a la Hacienda Pública.
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Por el
ingreso de la retención en la Hacienda Pública al final del trimestre
El propietario paga en total 1.000 €, pero paga una parte al propietario del local (810 €) y otra parte a la Hacienda Pública. |
Por la
liquidación de impuestos del propietario
Suponiendo
que es la única operación, el propietario ha tenido un ingreso total de 1.000
€. Suponiendo que el tipo impositivo es del 25 %, tendría que pagar 250 € de
su beneficio a la Hacienda Pública. Como ya ha pagado (no ha cobrado) 190 €, sólo tendría que
pagar 60. El asiento al final del año sería
Con este asiento, cerramos la cuenta Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473). El propietario ha tenido un ingreso de 1.000 € y tendría que pagar 250 € a la Hacienda Pública, con lo que le quedarían 750
Pues ha cobrado 810 (el inquilino retuvo 190) y
ha pagado 60, con lo que le han quedado los 750 € netos.
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Ejemplo 2.
Contabilidad de la retención de unos intereses.
El día 1 de
enero, la sociedad ARC presta a la sociedad NYM 1.000 € a devolver dentro de
cinco años en un solo pago. . El tipo de interés fijado es del 10 % anual.
Existe una retención del 19% sobre los intereses.
La
contabilidad de las dos sociedades será
Sociedad NYM ( Prestatario )
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Sociedad
ARC ( Prestamista )
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Por la
recepción del préstamo
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Por la
entrega del dinero
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La sociedad NYM tiene una deuda a largo plazo, ya que pagará esta cantidad dentro de cinco años, que se contabiliza en una cuenta del grupo 1. Simultáneamente, la sociedad ARC reconoce su derecho en una cuenta del grupo 2, ya que es un derecho a largo plazo. |
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Por el
pago de los intereses
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Por el
cobro de los intereses
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Posteriormente, esta cantidad retenida debe ser ingresada en la Hacienda pública mediante el asiento
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Esta cantidad que ha cobrado de menos, la sociedad ARC la usará en su liquidación de impuestos al final del ejercicio. |
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Ejemplo 3.
Contabilidad de un servicio profesional con retención.
La sociedad ACTIV
contrata los servicios profesionales del abogado Don Juan. Los Honorarios por
los servicios prestados ascienden a 2.000 €. El tipo de iva es del 21% y la
retención es del 15%
La
contabilización de las operaciones sería la siguiente.
Sociedad
ACTIV
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Contabilidad
de Don Juan
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Por la
contabilización del gasto.
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Por la
contabilización del ingreso
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Posteriormente, al final de trimestre, la sociedad ACTIV, deberá ingresar las retenciones en la Hacienda Publica y Don Juan incluirá esas retenciones en su declaración de impuestos. |
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El tipo de las retenciones es
- Arrendamientos de locales comerciales. 19% (20% en 2.015).
- Intereses de cuentas corrientes, plazos fijos,... 19% (20% en 2.015).
- Actividades profesionales... 15% (19% en 2.015).- Arrendamientos de locales comerciales. 19% (20% en 2.015).
- Intereses de cuentas corrientes, plazos fijos,... 19% (20% en 2.015).
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